¿Qué es el Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

Te contamos qué es el Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. El 27 de Diciembre de 2022 y con efectos para el año 2022 se publicó en el BOE la Ley 38/2022 que establece este tributo directo, de naturaleza personal (individual) y que complementa al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), siendo sus características principales las siguientes:

  • Grava el patrimonio neto (titularidad) de las personas físicas a partir de 3 millones de euros.
  • Se aplica a todo el territorio español y no se cede a las Comunidades Autónomas, correspondiendo al Estado las competencias de gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión.
  • Prevé una exención de hasta 700.000 euros.
  • Se devenga a 31/12 de cada año y afecta al patrimonio titularidad del contribuyente a esa fecha.
  • Únicamente existe obligación de presentar declaración por este impuesto (modelo 718) para aquellos conyribuyentes cuya liquidación resulte a ingresar.
  • La escala de gravamen es progresiva, situándose los tipos entre el 1,7% y el 3,5% según la siguiente escala:

Con ello, lo que se pretende es dejar sin efecto las bonificaciones aprobadas por las diferentes comunidades autónomas para aquellos contribuyentes cuyo patrimonio neto exceda de 3 millones de euros, no afectando al resto de contribuyentes. Y ello para poder mantener un mayor equilibrio entre la contribución pública por vía de medidas de estímulos y la recaudación tributaria derivada de la inflación, que actualmente es inferior a la primera.

Pese a los que defienden la existencia de una doble tributación para el contribuyente introducida por este Impuesto, la AEAT subraya los siguientes argumentos que impiden la concurrencia de una doble imposición efectiva:

  1. Por un lado, existe un límite a la cuota de este impuesto, la cual no puede superar, juntamente con las cuotas del IRPF e IP, el 60% de las bases imponibles del IRPF. En caso de superarse dicho límite, la cuota resultante debe reducirse hasta alcanzar dicho límite, sin que la reducción exceda del 80% de la cuota del ISGF.
  2. Por otro lado, permite deducir la cuota ya pagada por el IP en el mismo ejercicio.
  3. Se permite la deducción por doble imposición por impuestos satisfechos en el extranjero por un impuesto similar al IP.

En principio, el ISGF tiene un carácter temporal de dos ejercicios, es decir 2022 y 2023. No obstante, habrá que estar atentos a la posible prórroga del mismo que pueda aprobarse a final de año.

Como parte del mismo paquete de medidas aprobado por el Gobierno y con objeto de exigir mayor esfuerzo económico a aquellos sectores que más se han visto beneficiados por la escalada de precios, la norma crea también el gravamen temporal energético así como el gravamen temporal de entidades y establecimientos financieros de crédito.