El pasado 24 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. En el ámbito tributario la Ley de
Presupuestos incorpora diversas medidas, de entre las que podemos destacar las siguientes
correspondientes a cada uno de los impuestos afectados:
IRPF
- La cuantía de reducción pro rendimiento del trabajo se aumenta a 6.498 euros en
lugar de los 5.565 euros aplicables en 2022 - El límite para no declarar ingresos de contribuyentes con dos o más pagadores se
incrementa a 15.000 euros - Régimen transitorio para las retenciones por rentas del trabajo abonadas en enero de
2023, que se calcularán conforme a la normativa de 2022. A partir de Febrero de 2023
se aplicará la nueva normativa - Retención aplicable a rendimientos derivados de elaboración de obras literarias
artísticas o científicas con cesión del derecho de explotación así como procedentes de
propiedad intelectual será el 15% o 7% bajo determinadas circunstancias y, en todo
caso, a los anticipos de cesión de derechos que vayan a devengarse a lo largo de varios
años - Los gastos de difícil justificación aplicables a contribuyentes en estimación directa
simplificada se elevan del 5% al 7% - Se eleva al 10 por ciento la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de
módulos obtenido en el período impositivo 2023 - Se amplían los plazos para otra a la aplicación de tributación en régimen objetivo
(módulos) hasta el 31 de enero de 2023 - Se amplían los límites de reducción de aportaciones a planes de pensiones en ciertos
casos y bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, dando especial relevancia a las
contribuciones empresariales o aportaciones el trabajador al mismo instrumento de
previsión social. - Se amplían los supuestos para la aplicación de la reducción por maternidad para
mujeres con hijos menores de 3 años - Se incrementan los tipos de tributación de los rendimientos del ahorro introduciendo
una nueva escala con tipos del 27% y 28% para rendimientos a partir de 200.000 euros
y 300.000 euros respectivamente - Se introducen deducciones especiales por residencia habitual y efectiva en la isla de la
Palma para 2022 y 2022
Impuesto sobre Sociedades
- Se rebaja desde 2023 el 23% el tipo de gravamen aplicable a empresas con cifra de
negocios inferior a 1 millón de euros en el ejercicio anterior - Se introducen beneficios fiscales para vehículos energéticamente eficientes (vehículos
híbridos o eléctricos) afectos a actividades económicas, que podrán duplicar su
amortización
Impuesto sobre Actividades Económicas
- Se adapta la tributación del sector de la telefonía al contenido de la sentencia del
Tribunal Supremo 996/2022, que considera injustificada la mayor tributación por dicho
impuesto de la telefonía móvil en relación con la telefonía fija se introduce un nuevo epígrafe de actividad a los nuevos modelos de oficinas flexibles, coworking y centros de negocios - se incluyen nuevos epígrafes de actividad para profesionales como escritores y
guionistas, otros profesionales relacionados con actividades artísticas, compositores
letristas, adaptadores musicales, arreglistas y guías de montaña
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
- Se actualizan los importes de coeficientes máximos previstos a aplicar al valor de los
terrenos en función del período de generación del incremento de valor. Si bien se
incrementan la mayoría des coeficientes previstos para 2022, éstos se reducen a partir
de antigüedades superiores a 14 años
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Se introducen una serie de reglas y exenciones enfocadas a beneficiar las adquisiciones
intracomunitarias, exportaciones e importaciones realizadas por las Fuerzas Armadas
para uso de dichas fuerzas o del personal civil a su servicio, para el abastecimiento de
sus comedores o cantinas, en la medida que dichas fuerzas se encuentren afectadas a
un esfuerzo de defensa realizado en el marco de una actividad de la Unión Europea y en
el ámbito de su política común de seguridad y defensa - Se excluye la aplicación de la regla de uso efectivo en los supuestos de destinatarios
empresarios o profesionales, actuando como tales, a los servicios de intermediación,
telecomunicaciones, prestados por vía electrónica, radiodifusión y televisión, a los que
actualmente resulta de aplicación - Se añade un supuesto más al que resultaría de aplicación la exención sobre servicios
relativos a trabajos realizados sobre bienes muebles o adquiridos o importados para ser
objeto de duchos trabajos cuando ese transporte fuera de la Comunidad se realice por
persona distinta de quien ha efectuado esos trabajos o el destinatario de los mismos no
establecido y que ostente la condición de exportador de acuerdo con la normativa
aduanera. - Se modifican determinados aspectos relativos a situaciones de depósito temporal,
regímenes aduaneros y fiscales y otras situaciones - Se modifican determinadas reglas aplicables a la regla de inversión de sujeto pasivo (art.
84 de la Ley) entre las que cabe citar la exclusión de dicha regla a las entregas de bienes
facilitadas mediante interfaz digital, los servicios de arrendamiento de inmuebles o los
servicios de intermediación. Y ello en aras a facilitar la devolución del impuesto a los
contribuyentes. - Se incluyen en la regla de inversión de sujeto pasivo la entrega de desechos y
desperdicios de plástico, trapos, cordeles cuerdas y cordajes. - Se flexibilizan los requisitos para obtener la devolución del IVA de créditos incobrables
o concursales; ampliación de plazos para emitir factura rectificativa a 6 meses, no
necesidad de requerimiento notarial admitiéndose cualquier otro medio fehaciente, … - Se introducen nuevos tipos de IVA reducidos al 4% para las entregas de compresas,
tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales
Interés de demora tributario e interés legal del dinero
- Se modifica el tipo de interés legal del dinero que quedará establecido en el 3,25% (año
2022: 3,00%). - El interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 LGT y el artículo 38.2 de la Ley
General de Subvenciones, queda fijado en el 4,0625 % (año 2022: 3,75%). - Aplazamientos y fraccionamientos de deudas y sanciones tributarias en situaciones
preconcursales por la AEAT - Se modifica del régimen de aplazamientos y fraccionamientos aplicable a deudas
tributarias gestionadas por la AEAT en situaciones de concurso de acreedores. Los plazos
para solicitarlo se amplían a;- a) 6 meses para deudas inferiores a 30.000 euros
tratándose de herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades sin
personalidad jurídica, b) 12 meses cuando opere la dispensa de garantías, así como a
personas físicas para deudas inferiores a 30.000 euros, c) 24 meses cuando exista
garantía hipotecaria, prenda o fianza, d) 36 meses para deudas garantizadas con aval
solidario bancario o certificado de seguro de caución. Para el cómputo del importe
máximo de deuda se consideran otras deudas para las que se haya solicitado y no
resuelto el aplazamiento o fraccionamiento.
- a) 6 meses para deudas inferiores a 30.000 euros